Rafa Mir condenado a ocho años y medio por agresión

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia condenó a Rafa Mir a ocho años y medio de prisión por agresión sexual y lesiones. La sentencia, notificada este lunes y no firme, fija también indemnizaciones a las denunciantes y una condena de dos años
Cuando la noche del 1 de septiembre de 2024 se apagaba en Bétera. Rafa Mir ya no podía imaginar lo que vendría después: una causa que. con el juicio celebrado el 28 de mayo en la Audiencia Provincial de Valencia. acabó en una condena de ocho años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y otro de lesiones. La resolución fue notificada este lunes a las partes y no es firme.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia. según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. impone a Mir siete años por el delito de agresión sexual y 18 meses por el delito de lesiones. El fallo también establece una indemnización de 64.000 euros a favor de la víctima.
La sentencia no se limita al caso de Mir. También incluye una segunda condena: la que recae sobre el futbolista Pablo Jara. En su caso. el tribunal le impone dos años y medio de prisión y el pago de una multa por un delito de agresión sexual. además de otro delito contra la integridad moral y un delito leve de lesiones. La resolución fija, para la denunciante en el procedimiento contra Jara, una indemnización de 6.280 euros.
El juicio. celebrado el 28 de mayo en la Audiencia Provincial de Valencia. se desarrolló en torno a hechos que. según el relato considerado probado. tuvieron lugar en una vivienda del futbolista en una urbanización de lujo de la localidad valenciana de Bétera. muy cerca de la ciudad deportiva del Valencia. En la noche de los hechos, Rafa Mir jugaba en el Valencia cedido por el Sevilla.
De acuerdo con lo que la Audiencia considera probado, ambas denunciantes habían conocido a los acusados horas antes en una discoteca de Valencia. Tras esa salida, se desplazaron posteriormente al domicilio junto a ellos.
La principal víctima sostuvo durante la investigación y también en la vista oral que Rafa Mir cometió dos agresiones sexuales no consentidas: una en la zona de la piscina de la vivienda y otra en el interior de un baño.
La segunda denunciante, por su parte, afirmó que Pablo Jara le realizó tocamientos no consentidos y que, posteriormente, la agredió y la expulsó de la vivienda. El tribunal ha considerado esos hechos constitutivos de delitos de agresión sexual, contra la integridad moral y lesiones leves.
En el centro del juicio estuvo la distancia entre relatos. Durante la vista oral, Rafa Mir negó haber cometido ninguna agresión y defendió que las relaciones mantenidas fueron consentidas. La denunciante. en cambio. describió episodios de violencia y falta de consentimiento. asegurando que pidió que cesara la conducta y que sufrió miedo y ansiedad durante los hechos.
La Audiencia dio validez a la versión de las víctimas frente a la defensa de los acusados. Esa decisión judicial es la que ahora desemboca en las penas conocidas, con el caso aún abierto a recurso.
La secuencia procesal que termina en esta sentencia tiene una idea clara: el tribunal da por acreditados episodios distintos para cada acusado y fija penas separadas en función de los delitos atribuidos. En el caso de Rafa Mir. la condena queda desglosada en siete años por agresión sexual y 18 meses por lesiones; en el de Pablo Jara. la condena suma dos años de prisión por agresión sexual y seis meses adicionales por el delito contra la integridad moral. además de multa. al considerarse probados los hechos respecto a una segunda mujer.
La sentencia llega tras una petición inicial de la Fiscalía: diez años y medio de prisión. Finalmente, el tribunal fijó la pena en ocho años y medio para Mir.
Como toda resolución no firme, el fallo puede ser recurrido ante instancias superiores, tal y como recoge el propio TSJCV. La notificación a las partes se hizo este lunes, y la causa queda abierta para la siguiente fase.
Con la condena ahora comunicada, el tribunal da por concluida en primera instancia una causa iniciada tras la detención de ambos futbolistas en septiembre de 2024. En el ámbito judicial y deportivo de la Comunitat Valenciana, fue una de las más relevantes en los últimos años.
Además de las penas de prisión, la resolución incluye medidas de responsabilidad civil mediante indemnizaciones económicas a las víctimas, conforme a los daños causados.
Rafa Mir. en el marco de este proceso. expresó: “Ya queda menos para que esto termine y se demostrará mi inocencia”. En el caso de Pablo Jara. la condena queda recogida en 2 años de prisión por los delitos de agresión sexual. contra la integridad moral y lesiones leves. Para él, la indemnización asciende a 6.280 euros.
Y en el fallo, que no es firme, también se recoge una medida de alejamiento: una distancia mínima de 500 metros por un plazo de una década a favor de la víctima, además de una indemnización de 14.000 euros por las lesiones sufridas y de 50.000 euros por los daños morales causados.
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