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Designación de fiscal general entra en fase decisiva en la Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad de Guatemala se prepara para resolver diversos amparos que determinarán si la toma de posesión del nuevo fiscal general, Gabriel Estuardo García Luna, se concreta este 17 de mayo.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) conocerán esta semana algunos expedientes relacionados con la selección de fiscal general, puesto al que fue designado Gabriel Estuardo García Luna, en sustitución de María Consuelo Porras desde el próximo domingo 17 de mayo.. Para este martes fue convocado el pleno de la CC para analizar algunos de los expedientes, lo que ha provocado expectativa sobre la postura y la resolución que adopten los magistrados.. La incertidumbre

gira en torno a si la Corte, a seis días de que se concrete el relevo institucional, confirmará el trabajo de la comisión de postulación, que dejó la integración de la nómina de seis finalistas y la posterior designación de García Luna, nombrado por el presidente Bernardo Arévalo, o si emitirá alguna resolución que suspenda el nombramiento.. Nombramiento del MP llega a la CC Entre las acciones de amparo promovidas y los actos reclamados que

conocerán los magistrados de la CC relacionados con el proceso de renovación del fiscal general existen varios expedientes, cuyos planteamientos mantienen posturas opuestas.. Uno de los actos reclamados señala una supuesta amenaza “cierta e inminente” contra los principios de alternancia en el Ministerio Público, legalidad y respeto al procedimiento constitucional para la designación del fiscal general para el período 2026-2030.. La acción deriva de posibles medidas u obstáculos que podrían haber afectado la integración de

la nómina elaborada por la comisión de postulación y la posterior designación efectuada por el Arévalo el pasado martes 5 de mayo.. Otro de los expedientes advierte sobre el riesgo de que el nombramiento del fiscal general se realizara a partir de una nómina de seis candidatos que, según los accionantes, no cumplían con los requisitos constitucionales de objetividad, idoneidad e imparcialidad.. Además, otro recurso cuestiona la exclusión de aspirantes que obtuvieron las mejores calificaciones

y acreditaron idoneidad ética durante el proceso de selección.. Los expedientes fueron planteados contra la comisión de postulación para la elección de fiscal general y jefe del Ministerio Público (MP), así como contra el mandatario Bernardo Arévalo.. Entre los amparistas figuran los diputados José Alberto Chic Cardona, José Carlos Sanabria, Mirna Godoy Palala, Brenda Marleny Mejía López y Raúl Barrera.. También aparecen Ricardo Méndez-Ruiz y Raúl Falla, de la Fundación contra el Terrorismo; el abogado

y exdiputado Fernando Linares Beltranena; además de abogados particulares y excandidatos que participaron en el proceso.. CC debe garantizar relevo en el MP Javier Monterroso, exsecretario del Ministerio Público y doctor en Derecho Constitucional, afirmó que espera que esta semana la CC otorgue con lugar el amparo que permita que el nuevo fiscal general tome posesión el próximo 17 de mayo y que rechace la acción que busca repetir el proceso de elección.. Por su

parte, el analista y abogado Óscar Morales consideró que la CC deberá conocer ambos recursos y mantener una línea orientada a proteger la institucionalidad y la legalidad del Ministerio Público, así como del proceso de elección que, a su criterio, ya concluyó.. Añadió que el trabajo de la comisión de postulación fue depurado a lo largo de su desarrollo.. En ese sentido, Morales señaló que durante el proceso ya se marcó una línea de legalidad

que en su momento obligó a realizar correcciones y cumplir con lo ordenado dentro de los plazos procesales correspondientes.. Afirmó que eso demuestra que el proceso fue legal y finalizó conforme a Derecho, por lo que la CC debería ordenar que la toma de posesión se concrete el 17 de mayo y rechazar el amparo que pretende reiniciar el procedimiento, con el objetivo de garantizar el estado de Derecho y los procesos democráticos.. MCN pide

certeza jurídica Pablo Escobar Guerra, coordinador de incidencia estratégica del Movimiento Cívico Nacional (MCN), expuso que el pleno de la CC tiene sobre la mesa una decisión bisagra.. Sobre los magistrados pesan al menos una docena de amparos —varios acumulados desde febrero— que apuntan en direcciones opuestas: unos buscan que el proceso continúe y se confirme la toma de posesión el 17 de mayo, y otros piden retrotraerlo o anularlo, ya sea por la integración

de la nómina, por la tabla de gradación o por supuestos conflictos de interés en la designación.. “Lo que esperamos del MCN es muy concreto: que la CC resuelva en estricto apego al derecho, dentro de los plazos legales que el propio proceso impone y garantizando la certeza jurídica que el país necesita.. Esos son los tres pilares sobre los que se sostiene el Estado de Derecho, y los tres están en juego en esta

resolución”, enfatizó.. El directivo afirmó que el 17 de mayo no es una fecha arbitraria, sino una fecha establecida por ley, y que un pronunciamiento oportuno por parte del pleno es indispensable para que el proceso de elección del fiscal general llegue a buen término dentro del marco constitucional.. Añadió que la certeza jurídica no admite vacíos y que, en un proceso de esta magnitud, cada día sin resolución es un día de incertidumbre que

debilita la institucionalidad guatemalteca.. La función de la Corte de Constitucionalidad es precisamente esa: dar certeza, resolver en derecho y hacerlo a tiempo.. Es lo que el país espera y lo que el proceso exige.. Ven incertidumbre por fallo de la CC José Carlos Ortega Santa Cruz, director ejecutivo del Instituto de Servicios a la Nación, opinó que “lo peor que tenemos es la falta de certeza sobre el proceso y que cada caso, juicio

o amparo termine en la Corte de Constitucionalidad, con la posibilidad de que esta decida de forma arbitraria sobre cualquier asunto”.. “En este momento, lo peor es la incertidumbre de pensar que la CC pueda cambiarlo todo.. Desgraciadamente, existen argumentos para uno de los amparos, que es muy parecido al que ya resolvió la Corte respecto a si los jueces ejercen la abogacía.. También existe una norma que impide que los fiscales ejerzan como abogados”,

explicó.. Añadió que la interrogante es si la magistratura se contradirá al resolver que en este caso sí es permitido.. “Y, por otro lado, qué argumento podría utilizar la CC para ir contra la norma constitucional que establece que es el presidente quien designa al fiscal general”, cuestionó.. Los consultados brindaron un escenario que pueda ocurrir una vez se dé a conocer cualquier decisión de la CC en la nominación para fiscal general.. Advierten caos

si CC repite proceso Monterroso afirmó que la expectativa es que, al igual que ocurrió en 2023 con el proceso electoral, la Corte de Constitucionalidad avale lo actuado por la Comisión de Postulación y por el presidente de la República, con el objetivo de proteger la institucionalidad.. “De no ocurrir esto y repetirse el proceso, se estaría vulnerando gravemente la seguridad jurídica de todos los guatemaltecos y se entraría en un escenario caótico de consecuencias

impredecibles”, aseguró.. Por su parte, Morales consideró que, si la CC protege la institucionalidad democrática, el nuevo fiscal general tomará posesión, lo que fortalecería la seguridad jurídica y democrática del país.. Sin embargo, advirtió que, si la Corte ordena repetir el proceso de elección, se generaría un caos institucional que provocaría reacciones negativas para Guatemala en términos de seguridad, inversión e imagen internacional, además de agravar los factores económicos y la inseguridad jurídica, condiciones que

—según afirmó— solo benefician al crimen en general.. Amparo podría retrotraer elección fiscal Ortega Santa Cruz consideró que lo mejor que podría ocurrir es que no se otorgue el amparo que señala un supuesto impedimento del presidente de la República para efectuar la designación por conflicto de interés, debido a que —afirmó— el texto constitucional no contempla esa posibilidad y el propio diseño del proceso de designación implica, desde su origen, un conflicto de interés

inherente.. Respecto del otro amparo, indicó que esperaría que no sea conocido por la Corte de Constitucionalidad y que sea remitido a un tribunal competente para que allí se resuelva posteriormente.. Sobre los posibles escenarios, señaló que, si se otorgara el amparo para impedir que el presidente realice la designación, la resolución debería considerarse nula, pues estima que sería imposible jurídicamente que eso suceda.. Añadió que el otro recurso, de ser otorgado, implicaría retrotraer todo

el proceso de elección.. MCN perfila tres escenarios Para el representante del MCN hay tres rutas razonables, en orden de probabilidad, sobre las posibles resoluciones.. La primera y más probable es que la CC declare sin lugar la mayoría de los amparos de fondo y permita que el nombramiento surta efecto el 17 de mayo.. ¿Por qué?. Porque la propia Corte ya intervino en abril, cuando otorgó amparo provisional y ordenó rehacer la nómina, lo

que obligó a recalificar; y porque la fase de impugnaciones administrativas se cerró sin tachas.. Anular ahora el proceso implicaría que la Corte se desdiga de su propia resolución en este mismo expediente.. La segunda ruta es que la CC otorgue amparo provisional en alguno de los expedientes con mayor peso jurídico —particularmente los que cuestionan la integración de la segunda nómina o la tabla de gradación reformada sobre la marcha— y ordene una corrección

puntual sin afectar al fiscal designado.. La tercera ruta, menos probable pero no descartable, es que se acoja alguno de los amparos que solicitan apartar al binomio presidencial del proceso de designación, bajo el argumento de un supuesto conflicto de interés.. Jurídicamente, es la vía más débil.. La facultad de designar al fiscal general está expresamente atribuida al presidente de la República por el artículo 251 de la Constitución, y esa atribución constitucional no puede

suspenderse por la vía del amparo sin un fundamento normativo expreso que así lo permita.. Acoger esta tesis sentaría un precedente delicado, porque abriría la puerta a que competencias constitucionales claramente asignadas a un órgano del Estado puedan suspenderse por vía de tutela, lo cual desnaturaliza el diseño constitucional y la separación de poderes.. Apuesta por continuidad del proceso Escobar Guerra también perfiló lo que podría ocurrir más adelante, dependiendo de las resoluciones.. Dependiendo de

la resolución podrían existir varios escenarios.. El primero es que la CC avale el proceso y el nuevo fiscal tome posesión el 17 de mayo: es el escenario de mayor certeza jurídica.. “Se cierra un ciclo y se abre otro en el que el MP tiene oportunidad de recuperar credibilidad.. El reto se traslada al fiscal entrante, que tendrá que demostrar independencia frente al Ejecutivo que lo nombró y frente a cualquier otro interés”, apuntó..

El segundo escenario es que la CC ordene correcciones parciales sin anular el nombramiento: habría turbulencia procesal, pero la institucionalidad sobreviviría.. El costo sería político y dejaría la sensación de un proceso remendado y con parches.. Y el último es que la CC anule el nombramiento o aparte al Ejecutivo: es el peor escenario para la República.. No solo dejaría al MP en una transición incierta, sino que abriría un precedente delicado: que cualquier proceso

de elección de segundo grado pueda ser anulado por amparos acumulados, lo que generaría inseguridad jurídica en el país.. “Lo que el país necesita de este proceso es certeza jurídica, fortalecimiento institucional y la recuperación de la credibilidad del Ministerio Público.. Esos tres elementos solo se logran cuando el proceso se respeta en sus términos legales y la resolución llega en tiempo y forma”, subrayó.. Insistió en que la institucionalidad se construye con apego al

marco constitucional y con decisiones que den a la ciudadanía la confianza de que las reglas se aplican como están escritas.. Esa es la única manera de que el Ministerio Público recupere la credibilidad que tanto necesita y de que el Estado de Derecho deje de ser una aspiración para convertirse en una realidad cotidiana.

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