Alcaldes de Yucatán ya no podrán exentar impuestos ni impedir transmisiones

Yucatán publicó el decreto que obliga a transmitir en vivo Cabildo, publicar actas, prohíbe exenciones e impulsa paridad y prevención.
MÉRIDA.- El Gobierno de Yucatán publicó hoy el decreto con modificaciones a la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado, las cuales obligan a los ayuntamientos a transmitir en vivo las sesiones de Cabildo y publicar sus actas.. Además se prohíbe a los alcaldes interferir en la difusión de las grabaciones o conceder la exención de impuestos.. También se incorpora el principio de paridad de género en las elecciones de autoridades auxiliares municipales.. Otro
cambio es que a partir del próximo año los ayuntamientos deberán tener estructuras de prevención del delito y de protección a menores.. Dichas modificaciones aprobadas por el Congreso de Yucatán se establecen en el Decreto 183/2026, firmado por el gobernador Joaquín Díaz Mena y publicado hoy en el Diario Oficial del Estado.. Alcaldes no pueden prohibir transmisiones Según el documento, todas las sesiones de Cabildo serán de carácter público, con libre acceso para la ciudadanía
y transmitidas en tiempo real vía internet a través de las plataformas digitales al alcance de cada Ayuntamiento o regidor, “salvo excepciones y a juicio razonado y justificado de las dos terceras partes del Cabildo”.. En el caso de las actas de sesión, deberán publicarse tanto de manera física como en las plataformas digitales de cada Ayuntamiento en un plazo no mayor a tres días naturales, “para que cualquier ciudadano pueda acceder a su consulta”..
En el caso de quien esté al frente de la presidencia municipal, se le obliga a encabezar las sesiones de Cabildo y se le prohíbe conceder exención de contribuciones e impedir la transmisión de las sesiones en plataformas digitales.. Prevención del delito en municipios de Yucatán Por otro lado, las comunas deberán tener acciones coordinadas de prevención del delito e igualdad entre mujeres y hombres.. Se les exige contar una Unidad Municipal de Prevención Social
de la Violencia y el Delito y Participación Ciudadana, así como integrarse al Consejo Estatal de esa materia.. También se les obliga a proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes, mediante un “sistema de protección integral” para lograrlo.. La ley detalla que “de acuerdo a la capacidad presupuestal”, se implementará una unidad o instancia administrativa encargada de ejercer el protocolo de actuación para garantizarlo.. En el proceso, podrán solicitar apoyo del Sistema Estatal para
el Desarrollo Integral de las Familias.. TE PUEDE INTERESAR.. Asesores inmobiliarios detenidos en Mérida por fraude: así operaban Además, el decreto establece que en la elección de las autoridades auxiliares (comisarios) se deberá observar el principio de paridad de género.. Así, las candidaturas deberán cumplir dicha indicación.. Si el número de comisarías es impar “se preferirá que las candidaturas de la mayoría recaiga sobre mujeres“.. La lista deberá aprobarse en sesión de cabildo y darse
a conocer 15 días antes de la elección.. ¿Cuándo entran en vigor?. Las disposiciones relacionadas con transmisiones digitales y publicación de actas entrarán en vigor el 1 de enero de 2027.. En tanto, las medidas sobre paridad de género, unidades de prevención de violencia y protección de niñas, niños y adolescentes comenzarán a aplicarse el 1 de septiembre de 2027.. A partir de esas fechas, los ayuntamientos tendrán hasta 90 días para poner en funcionamiento
las nuevas plataformas digitales y las unidades administrativas.. TE PUEDE INTERESAR.. Ruta del Tren Maya de carga a Mérida atravesará Umán y Cd.. Industrial (MAPA)
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